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Tierra de Danzantes

Accesibilidad Web

Legislación al respecto  

LEY 56/2007, de 28 de diciembre
BOE n. 312 de 29/12/2007: LEY 56/2007, de 28 de diciembre, de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información.
DISPOSICIONES ADICIONALES

Quinta. Accesibilidad para las personas con discapacidad y de edad avanzada a la información proporcionada por medios electrónicos.

  • Uno. Las Administraciones públicas adoptarán las medidas necesarias para que la información disponible en sus respectivas páginas de Internet pueda ser accesible a personas con discapacidad y de edad avanzada, de acuerdo con los criterios de accesibilidad al contenido generalmente reconocidos, antes del 31 de diciembre de 2005.

    A partir del 31 de diciembre de 2008, las páginas de Internet de las Administraciones Públicas satisfarán, como mínimo, el nivel medio de los criterios de accesibilidad al contenido generalmente reconocidos. Excepcionalmente, esta obligación no será aplicable cuando una funcionalidad o servicio no disponga de una solución tecnológica que permita su accesibilidad.
    Las Administraciones Públicas exigirán que tanto las páginas de Internet cuyo diseño o mantenimiento financien total o parcialmente como las páginas de Internet de entidades y empresas que se encarguen de gestionar servicios públicos apliquen los criterios de accesibilidad antes mencionados. En particular, será obligatorio lo expresado en este apartado para las páginas de Internet y sus contenidos de los Centros públicos educativos, de formación y universitarios, así como, de los Centros privados que obtengan financiación pública.....

  • Dos. Igualmente, se promoverá la adopción de normas de accesibilidad por los prestadores de servicios y los fabricantes de equipos y software, para facilitar el acceso de las personas con discapacidad o de edad avanzada a los contenidos digitales.
  • Tres. Las Administraciones Públicas promoverán medidas de sensibilización, educación y formación sobre accesibilidad con objeto de promover que los titulares de otras páginas de Internet incorporen progresivamente los criterios de accesibilidad.
  • Cuatro. Los incumplimientos de las obligaciones de accesibilidad establecidas en esta Disposición adicional estarán sometidos al régimen de infracciones y sanciones vigente en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.
  • Cinco. Las páginas de Internet de las empresas que presten servicios al público en general de especial trascendencia económica, sometidas a la obligación establecida en el artículo 2 de la Ley 56/2007, de medidas de impulso de la sociedad de la información, deberán satisfacer a partir del 31 de diciembre de 2008, como mínimo, el nivel medio de los criterios de accesibilidad al contenido generalmente reconocidos. Excepcionalmente, esta obligación no será aplicable cuando una funcionalidad o servicio no disponga de una solución tecnológica que permita su accesibilidad.

 

¿Qué es la Accesibilidad Web?

Normalmente la accesibilidad web se asocia con la idea de desarrollar páginas web que puedan ser utilizadas por las personas con discapacidad, tal como podemos leer en las siguientes definiciones:

La accesibilidad Web significa que personas con algún tipo de discapacidad van a poder hacer uso de la Web. En concreto, al hablar de accesibilidad Web se está haciendo referencia a un diseño Web que va a permitir que estas personas puedan percibir, entender, navegar e interactuar con la Web, aportando a su vez contenidos. La accesibilidad Web también beneficia a otras personas, incluyendo personas de edad avanzada que han visto mermadas sus habilidad a consecuencia de la edad.

Fuente: Introducción a la Accesibilidad Web, W3C.

La accesibilidad web o de la interfaz, indica la capacidad de acceso a la Web y a sus contenidos por todas las personas, independientemente de la discapacidad (física, intelectual o técnica) que presenten o de las que se deriven del contexto de uso (tecnológicas o ambientales). Esta cualidad está íntimamente relacionada con la usabilidad.

El máximo organismo dentro de la jerarquía de Internet que se encarga de promover la accesibilidad es el W3C, en especial su grupo de trabajo WAI.

En España una de las asociaciones que trabaja en este campo es el SIDAR. En enero de 2007 el Instituto Nacional de Tecnologías de la Comunicación (INTECO) creó el Centro de Referencia en Accesibilidad y Estándares Web con el objetivo de fomentar la accesibilidad y crear un foco de conocimiento al respecto.

Fuente: Accesibilidad web, Wikipedia.

Sin embargo, hoy en día la accesibilidad web no está orientada exclusivamente a las personas con discapacidad. Con el aumento del uso de los dispositivos móviles que permiten el acceso a la Web con las mismas prestaciones que desde un ordenador, la accesibilidad web pasa a significar que la Web es única (no diferentes versiones según el dispositivo o el navegador que se utilice) y universal (utilizable independientemente de las características del usuario):

Hablar de Accesibilidad Web es hablar de un acceso universal a la Web, independientemente del tipo de hardware, software, infraestructura de red, idioma, cultura, localización geográfica y capacidades de los usuarios.

Con esta idea de accesibilidad nace la Iniciativa de Accesibilidad Web, conocida como WAI (Web Accessibility Initiative). Se trata de una actividad desarrollada por el W3C, cuyo objetivo es facilitar el acceso de las personas con discapacidad, desarrollando pautas de accesibilidad, mejorando las herramientas para la evaluación y reparación de accesibilidad Web, llevando a cabo una labor educativa y de concienciación en relación a la importancia del diseño accesible de páginas Web, y abriendo nuevos campos en accesibilidad a través de la investigación en este área.

Fuente: Guía Breve de Accesibilidad Web, W3C.

Beneficios : 

Tu usuario más importante es ciego. La mitad de las visitas a tu sitio vienen de Google, y Google sólo ve lo que un ciego puede ver. Si tu sitio no es accesible, tendrás menos visitas. Fin de la historia.

Fuente: Steven Pemberton (Chair of HTML and Forms Working Groups, W3C), citado en Beneficios de los Estándares Web.

Ya sólo el hecho de mejorar el posicionamiento de una página web en los buscadores es una razón de peso para mejorar la accesibilidad de las páginas web. Pero existen otras razones que también son importantes. Por ejemplo, AENOR que proporciona certificados de accesibilidad web esgrime las siguientes razones en su página Beneficios de la certificación:

  • Incrementa la cuota de mercado y audiencia de la Web.
  • Mejora la eficiencia y el tiempo de respuesta.
  • Demuestra responsabilidad social.
  • Evidencia el cumplimiento de la ley.

 

El W3C también explica exactamente los mismos beneficios en su página Auxiliary Benefits of Accessible Web Design (traducción al español disponible en Beneficios Auxiliares del Diseño Web Accesible).

El Observatorio de la Infoaccesibilidad de Discapnet también ofrece una lista de las Ventajas de la accesibilidad en un sitio web.

  • Cumplir un derecho ciudadano a la participación y no discriminación por razón de discapacidad;
  • Cumplir las disposiciones legislativas al respecto, tanto por la Administración Pública, obligada a ello ante la ciudadanía, como por las redes privadas que aspiren a participar en contratos con la Administración o financiación pública.
  • Maximización de los usuarios potenciales, mayor alcance de la comunicación, servicios o mercado. De acuerdo con los datos del INE (1999), el 9% de la población en España tiene alguna discapacidad, en total 3.528.221 personas.
  • Al diseñar conforme a estándares de accesibilidad, garantizamos la equivalencia de los contenidos entre distintos navegadores y dispositivos;
  • Mejor indexación en los motores de búsqueda. El cumplimiento de las pautas, tanto en código como en contenidos semánticos (por ejemplo, vínculos con sentido) permite a los motores de búsqueda una mejor identificación de los contenidos, y en consecuencia, mayores posibilidades de posicionamiento en los buscadores.
  • Aunque no son equivalentes, la accesibilidad cursa una estrecha relación con la usabilidad de un sitio. Al cumplir requisitos de accesibilidad básicos en los elementos técnicos de una web (estructura de contenidos, vínculos, contraste de color, efectos y movimientos, formularios, tablas, etc.), mejoran las condiciones de uso para la mayor parte de las personas. Además de las razones antes comentadas (mejora del posicionamiento en los buscadores, acceso desde dispositivos móviles, responsabilidad social, cumplimiento de la ley, etc.) otras razones importantes son: 
  • Aumenta el número de potenciales visitantes de la página web: esta es una razón muy importante para una empresa que pretenda captar nuevos clientes. Cuando una página web es accesible no presenta barreras que dificulten su acceso, independientemente de las condiciones del usuario. Una página web que cumple los estándares es más probable que se visualice correctamente en cualquier dispositivo con cualquier navegador.
  • Disminuye los costes de desarrollo y mantenimiento: aunque inicialmente aprender a hacer una página web accesible supone un coste (igual que supone un coste aprender a utilizar cualquier tecnología nueva), una vez se tienen los conocimientos, el coste de desarrollar y mantener una página web accesible es menor que frente a una no accesible, ya que una página web accesible es una página bien hecha, menos propensa a contener errores y más sencilla de actualizar.
  • Reduce el tiempo de carga de las páginas web y la carga del servidor web: al separar el contenido de la información sobre la presentación de una página web mediante CSS se logra reducir el tamaño de las páginas web y, por tanto, se reduce el tiempo de carga de las páginas web.

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